A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Ramona Del Carmen Durán Maldonado·Respondent Nueva Eps
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 2 Penal Municipal de Facatativá (Cundinamarca) y el Juzgado 2 Administrativo del Circuito del mismo municipio.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que el primer despacho sustentó su falta de competencia a partir de las pautas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 1983 de 2017 y 333 de 2021.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 2 Penal Municipal de Facatativá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 26 de junio de 2025 proferido por el Juzgado 002 Penal Municipal de Facatativá, dentro del trámite de tutela promovido por la señora Ramona del Carmen Duran Maldonado en contra de la Nueva EPS.
- Segundo. REMITIR al Juzgado 002 Penal Municipal de Facatativá el expediente ICC-5120 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 002 Penal Municipal de Facatativá para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a la accionante, al Juzgado 002 Penal Municipal de Facatativá y al Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Facatativá la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.